Aguascalientes.- Desde hoy entró en vigor la Ley de Protección a la Salud por la Exposición al Humo de Tabaco, por lo que en lo sucesivo queda estrictamente prohibido fumar en todos los espacios públicos cerrados y, en caso de incumplimiento de la medida, habrá fuertes sanciones tanto para los establecimientos comerciales, dependencias o instituciones de los tres poderes y de todos los niveles de Gobierno que consientan la práctica de ese hábito nocivo, como ahora también de manera directa a quienes fumen en las zonas vedadas.
La conocida como “Ley Antitabaco” que fue aprobada a finales de septiembre por el Congreso del Estado, concede facultades especiales a las autoridades sanitarias no sólo para aplicar multas por montos económicos aumentados y para proceder a la suspensión de actividades en bares, restaurantes, antros, cafeterías, oficinas gubernamentales, instituciones educativas, salones de eventos, etc., sino igualmente para apoyarse en la fuerza pública para detener y arrestar por 36 horas a las personas que opongan resistencia a la medida.
Las nuevas medidas que se implementarán, a la entrada en vigor de la legislación, tienen como finalidad abatir el delicado problema del tabaquismo y sus consecuencias en la salud de la población, toda vez que se sabe que el consumo de tabaco constituye la sexta causa de riesgo de las ocho principales causas de mortalidad que existen en el mundo.
La legislación precisa que se considera espacio 100% Libre de Humo de Tabaco a toda área física o cerrada o espacio abierto, al aire libre con acceso al público o lugar de trabajo, de estudio o de transporte público o sitio de concurrencia colectiva; en general al establecimiento donde por razones de orden público e interés general la Ley de Protección a la Salud por la Exposición al Humo de Tabaco prohíbe fumar, consumir, tener encendido cualquier producto del tabaco, dispositivos electrónicos o dispositivo que se le asemeje, que expidan vapores con o sin nicotina y esencias o saborizantes.
De la misma manera, en el capítulo tercero de la referida Ley se precisa que la vigilancia del cumplimiento de la legislación estará a cargo de la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y los Ayuntamientos, así como de los mismos usuarios de los espacios cerrados de acceso al público como oficinas, escuelas, establecimientos mercantiles, industrias y empresas.