Aguascalientes.- La aplicación de multas económicas por incumplir con el uso obligatorio del cubrebocas se dejó a criterio de las autoridades en cada uno de los once municipios, pues se aseguró que la disposición no tiene fines recaudatorios.
“A solicitud de los propios alcaldes, quedó a criterio de las propias normatividades de los Ayuntamientos municipales la definición de las sanciones que se aplicarán contra quienes no utilicen el cubrebocas estando en la vía pública”, mencionó el secretario de Gobierno, Juan Manuel Flores Femat.
Sostuvo que con el decreto que se emitió para extender la obligatoriedad del uso del cubrebocas hasta el 31 de octubre, lo que se busca es que la población actúe de manera responsable y solidaria para prevenir y combatir al Covid-19.
Explicó que el decreto publicado en la edición extraordinaria del Periódico Oficial del Estado (POE) el pasado viernes 31 de julio, es una medida que contribuye a un combate más efectivo contra el Covid-19, y aunque por su característica legal tiene un carácter de obligatoriedad, se busca primariamente, en colaboración con autoridades de los 11 municipios y los sectores sociales, la solidaridad colectiva y se alcance con mayor prontitud el semáforo verde.
El funcionario dijo que, a solicitud de los alcaldes, el planteamiento operativo y jurídico de esta medida quedó como una acción que refuerce la estrategia integral de un combate efectivo contra el Covid-19, de manera tal que “las sanciones quedaron abiertas y a criterio de las propias normatividades de los Ayuntamientos municipales, pero en todo momento se descarta que sea una medida recaudatoria, pues lo que busca es, primeramente, concienciar y sensibilizar a la población sobre la importancia del uso de cubrebocas”.
Insistió que el único objetivo es que el Estado transite a una normalidad en la que se pueda volver de manera segura a las actividades económicas, laborales, sociales y académicas de la población.
Finalmente, el secretario general de Gobierno señaló que el exhorto a la población es el uso del cubrebocas en espacios públicos, tal como lo especifica el decreto, pero también debe contemplarse en espacios cerrados cuando haya más de dos personas entre las cuales no sea posible realizar el distanciamiento mínimo de 1.5 metros, así como lugares donde estén funcionando climas o aires acondicionados.