CIUDAD DE MÉXICO (EL UNIVERSAL).- El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó la inhabilitación de tres años impuesta a la Constructora Norberto Odebrecht, SA, por realizar cobros excesivos durante la vigencia del contrato celebrado en 2014 con Petróleos Mexicanos (Pemex) para acondicionar la refinería Miguel Hidalgo, en Tula, Hidalgo.
Con 10 votos a favor y uno en contra, los miembros del Pleno del TFJA avalaron la sanción temporal de tres años para que la constructora no pueda celebrar contrataciones públicas con ninguna entidad o dependencia que reciba fondos parciales o totales de la Federación.
El magistrado Manuel Luciano Hallivis Pelayo, subió el caso ante el Pleno de la Sala Superior del Tribunal, y señaló que la sanción administrativa impuesta a Odebrecht está plenamente fundada, ya que cobró excesivamente por las obras realizadas a la refinería y tuvo plena conciencia de ello.
Hallivis Pelayo, puntualizó que la conducta atribuida durante la vigencia del contrato entre Pemex Refinación y Constructora Norberto Odebrecht, SA para el acondicionamiento de la Refinería Miguel Hidalgo en 2014, para el movimiento de tierras y conformación de plataformas para el proyecto de aprovechamiento de residuales, incluyendo sus convenios modificatorios, la constructora actuó con dolo por al haber realizado cobros en exceso a Pemex por 22 millones 495 mil 882 pesos.
Agregó, que este monto estuvo integrado por ocho millones 595 mil 598.27 pesos por concepto de costos de financiamiento cobrados en exceso en las estimaciones 1 a la 14 y 13 millones 900 mil 283.94 pesos por utilidad cobrada en exceso, ya que fue computado aplicando el 10.833% a la suma de los costos indirectos, directos y costo de financiamiento y al estar excedida la base con la cual fue calculada el cargo, también fue cobrada por la constructora.
Pemex Refinación comprobó mediante diversas pruebas las utilidades cobradas en exceso y el dolo con el que actuó la empresa, pues hubo una sugestión o artificio para inducir al error y configurar los cobros, pues estaba excedida la base del monto de la obra y hubo «una falsa representación de la realidad para tener una ventaja en su provecho», precisó el magistrado.
«Es correcto que se haya calificado como grave la infracción y respecto de la reincidencia del infractor en el registro histórico de la Secretaría de la Función Pública se encuentra la Constructora Norberto Odebrecht por lo que sí es reincidente», explicó Hallivis Pelayo.
Cabe recordar que Pemex emitió una circular de fecha 12 de abril de 2019 la cual precisa: «Se comunica a la Fiscalía General de la República, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado y sus empresas productivas subsidiarias; así como a las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal, el impedimento para participar en procedimientos de contratación y celebrar contrato alguno con la empresa Construtora Norberto Odebrecht, S.A».