Al Gobierno del Estado no le interesa el tema del matrimonio igualitario, al parecer, dado que desde el 22 de noviembre del año pasado se le envió copia de la iniciativa de reforma del Código Civil del Estado al entonces secretario general de Gobierno solicitándole opinión sobre el tema planteado, sin que a la fecha se haya recibido respuesta de la institución, destacó la diputada Leslie Mayela Figueroa, una de las promoventes de esta iniciativa.
Asimismo, al hacer un recuento de hechos, la legisladora destacó que el 11 de noviembre del 2021 se presentó la iniciativa por la que se reforman los artículos 143 primer párrafo, 144 y 313 Bis; asimismo, se derogan las fracciones IV del artículo 90 y VII del artículo 153 del Código Civil del Estado de Aguascalientes, y que fue presentada por los diputados Sanjuana Martínez Meléndez, Emanuelle Sánchez Nájera y Cuauhtémoc Escobedo Tejada, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, así como la declarante, Leslie Mayela Figueroa Treviño, integrante del Grupo Parlamentario Mixto de los Partidos MORENA y PT.
Recordó que se turnó la iniciativa el 16 de noviembre de 2021 a las comisiones de Derechos Humanos e Igualdad Sustantiva y Equidad de Género, y recordó que el 22 de noviembre del año pasado se envió copia al secretario general de Gobierno del Estado de Aguascalientes, pero no se ha contestado nada, lo que indica que a casi un año no parece importarle mucho a la institución gubernamental, pues ya hasta hubo cambio de titular en la dependencia y no se ha respondido.
Después, este año, en sesión de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos con fecha 7 de junio del año 2022, se analizó la iniciativa anteriormente citada con las opiniones e información aportadas por varios invitados, como la maestra Yessica Janeth Pérez Carreón; los consejeros de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, licenciada Ana Cristina Dávila Peña, Manuel Alejandro Gutiérrez Flores y la licenciada Silvia Aracely Solís; además de la directora general del Registro Civil de Aguascalientes, licenciada Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, a fin de conocer la viabilidad, impacto presupuestal y de operación, así como las implicaciones de las reformas planteadas en la iniciativa multicitada.
Agregó que del análisis de la iniciativa se determinó su viabilidad, por lo que se citó a sesión para el día 17 de junio, fecha en la que no existió quórum, por lo que no se pudo llevar a cabo, programándose nuevamente para el 21 de julio, fecha en la que únicamente asistió la diputada presidenta de la comisión, Leslie Figueroa, razón por la que no se pudo desarrollar la sesión. Por tal motivo, se reprogramó para el día 11 de agosto, cuando asistieron la diputada Leslie Figueroa, Nancy Macías y Enrique García, pero sólo Figueroa votó a favor y los dos restantes, en contra.
Recordó que “la propuesta consiste en eliminar el certificado de no padecer enfermedad alguna para poder contraer matrimonio, puesto que causa discriminación sobre las personas que padecen alguna enfermedad crónica, incurable, contagiosa o hereditaria, prescindiendo así del escrito en caso de que se cuente con la afección, de saberlo y aun así desear contraer matrimonio”.
Recalcó que la iniciativa propugna por “definir el matrimonio y el concubinato como la unión de dos personas independientemente de su género, eliminando también el impedimento a los incapaces, ebrios habituales, adictos y demás condiciones médicas para contraer matrimonio, personas con incapacidad contemplados en los artículos antes señalados”.
Recordó que la iniciativa se considera viable, toda vez que es importante actualizar y armonizar el Código Civil del Estado, cumpliendo así con lo ordenado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que el 2 de abril del año 2019 emitió la resolución correspondiente a la acción de inconstitucionalidad número 40/2018, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), “sentencia relevante para nuestro Estado, ya que se reconoce el derecho humano a la vida en pareja independientemente del género o la preferencia sexual de sus integrantes”.
Comentó que dicha resolución, en su resolutivo séptimo, declaró la invalidez por extensión de los artículos 143, en sus porciones normativas “de un solo hombre y una sola mujer” y “perpetuar la especie”; 144, en su porción normativa “a la perpetuación de la especie”, o del Código Civil del Estado de Aguascalientes, que se refieren al matrimonio.
Robustece lo anterior, el que en fecha 6 de noviembre 2015 la Comisión Nacional de Derechos Humanos inició los esfuerzos formales por su parte para evitar la discriminación en este sentido, por lo que el garante de los derechos humanos emitió a los estados de la República la Recomendación General número 23/2015 sobre matrimonio igualitario, informó, y finalmente, dijo que tal recomendación sólo fue acatada por pocas entidades, entre las que no se encuentra Aguascalientes, pues no se ha reformado la legislación local para dar paso al matrimonio igualitario.