Lamentablemente los delincuentes de cuello blanco no reciben penas mayores cuando cometen un delito.
En cambio, cuando un delincuente comete un delito le purgan condenas por decenas de años y otros por robar recursos al pueblo sólo les dictan cuatro años, como es el caso del ex-gobernador Martín Orozco Sandoval, así están las leyes, dijo el abogado Eric Monroy.
“Las penas ya están establecidas en el Código Penal y corresponde al juzgador sancionar de acuerdo a lo acreditado en juicio y de acuerdo a las circunstancias personales del infractor. En este caso, a MOS le aplican la mínima, cuando por lo notorio del hecho y por ser el servidor público municipal de mayor jerarquía cuando sucedieron los hechos, debieron aplicarle la sanción máxima”.
Pero tal parece que las penas para algunos ex-servidores públicos suelen ser hechas a su medida y no son privativas de su libertad por más del tiempo razonado por el delito cometido.
Ahora las leyes sí son duras para quien no ha ocupado un cargo público y no son equiparables para casos fortuitos, como el robo de terrenos del pueblo y esto se tipifica como delito por uso indebido de la función pública y porque no se ha juzgado como delito de robo sin derecho a fianza.
Únicamente se concretan en cobrarle una fianza, reparar el daño y continuar libre como si nada hubiera ocurrido y cuando alguien roba un gansito en la tienda, se va por robo calificado.
Para este caso, hay infinidad de asuntos por atender, sin embargo, para este asunto la Fiscalía podría hacer algo, dijo.
“La Fiscalía General tiene la obligación de apelar esa sentencia porque no corresponde a la falta y al personaje”.
Pero a sabiendas, el actual fiscal Jesús Figueroa Ortega fue empleado de Martín Orozco Sandoval durante su administración estatal y la apelación no podría prosperar.
Por lo tanto, quienes hacen las leyes saben de lo grave de hacer una pena de prisión sin derecho a fianza al servidor público y no lo aprueban porque temen algún día caer en su propia trampa.