En lo que fue calificado por autoridades y médicos como un atentado criminal contra la salud y un revés en la lucha contra el tabaquismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación levantó la restricción que impedía la distribución y comercialización libre de los vapeadores, cigarros electrónicos y demás sistemas similares sin nicotina, por lo que ahora ese tipo de productos ya se pueden vender sin problema alguno.
El presidente del Colegio de Médicos, Guillermo Llamas, y otros profesionales de la salud consultados sobre la polémica resolución, coincidieron en señalar que el acuerdo de la Corte antepone los intereses comerciales a la protección de la salud de la población en general y en especial la de niños, adolescentes y jóvenes, pues está científicamente comprobado que fumar es muy pernicioso para la salud.
La decisión de los jueces del Poder Judicial de la Federación invalidó y declaró inconstitucional el Decreto que prohíbe la circulación y comercialización en todo el país, cualquiera que sea su procedencia, de todos los sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en ese tipo de sistemas.
Sobre el particular, funcionarios de las secretarías federal y estatal de Salud advirtieron que con tal acuerdo se sienta un precedente inaceptable contra la salud de la población en general, y aún más grave, en contra de la salud de los niños, niñas y adolescentes, al resolver el amparo en revisión 636/2023, al aprobar por mayoría el proyecto de sentencia que proponía otorgar el amparo y protección de la Justicia de la Unión a una persona moral en contra del referido decreto, dándole un valor superior sobre el derecho a la salud y, omitiendo así, las obligaciones constitucionales, así como los compromisos internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano.
Se advirtió que las empresas productoras, importadoras y comercializadoras promueven los dispositivos electrónicos (cigarros, vapeadores, soluciones y mezclas) a través de publicidad engañosa, la cual debe ser considerada factor clave de la prohibición, puesto que la industria del vapeo y sus asociados difunden la falsa creencia de que estos nuevos productos son de “bajo riesgo o riesgo reducido”, generando percepción errónea entre la población, especialmente entre los más jóvenes.
Asimismo se mencionó que la Cofepris analizó en sus laboratorios el contenido de los insumos producidos por la industria del vapeo y encontró dimetil éter, que es una sustancia altamente inflamable, así como otra sustancia conocida como linalol, usada como insecticida contra moscas y cucarachas, entre otras sustancias altamente perjudiciales para la salud de los usuarios de los cigarrilllos electrónicos y vapeadores.