Además, resolvió que el presidente incumplió con las medidas cautelares impuestas por la Comisión de Quejas, ya que a pesar de ordenar una tutela para que se abstuviera de emitir comentarios de índole electoral, continuó hablando de estos temas en su conferencia.
Por tanto, el mandatario vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y usó indebidamente recursos públicos, derivado de manifestaciones en la conferencia de prensa conocida como “mañanera” del 1 de febrero de 2024.
Sin embargo, el TEPJF precisó que el Presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones electorales, sólo puede ser responsabilizado, de acuerdo con criterios establecidos por la Sala Superior de este tribunal.
Además, el pleno determinó que el coordinador general de comunicación social y vocero del Gobierno de la República, Jesús Ramírez Cuevas; la directora general de comunicación digital de la Presidencia, Jessica Ramírez; el jefe de departamento adscrito a la citada coordinación de comunicación, Pedro Ramírez Pérez, así como al director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, Sigfrido Barjau de la Rosa vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y usaron indebidamente recursos públicos, por lo que ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para que determine lo correspondiente.