Aguascalientes.- El Tribunal de Enjuiciamiento dictó un fallo condenatorio en contra de la mujer que asesinó a puñaladas a su hijo autista en el Barrio de La Purísima.
En la audiencia, que se efectuó en dos partes y en dos días consecutivos, fueron desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes involucradas en el proceso y posteriormente, tras el debido análisis y valoración de las mismas, fue emitido el veredicto de culpabilidad en contra de la fémina por el delito de homicidio doloso a cargo del Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento.
Sin embargo, será en una etapa procesal subsecuente donde se llevará a cabo la individualización de sanciones y se establezcan las penas que se establecerán a la sentenciada, que había sido declarada inimputable debido a que se confirmó que padece de sus facultades mentales.
Por lo anterior, la mujer no fue juzgada como una persona “normal”, sino como enferma mental.
La acusada es María del Refugio Ramos, de 39 años de edad, mientras que la víctima fue identificada con las iniciales E.A.Y.R.
El homicidio ocurrió la tarde del viernes 26 de abril del 2019 en su domicilio, en el 106 de la calle María Concepción Aguayo en el mencionado Barrio de La Purísima.
Alberto Illescas C., de 61 años, pareja sentimental de María del Refugio y padre del menor de edad autista, salió de la casa para ir a comprar unos pañales para su hija, una bebé de 3 meses de nacida.
El hombre dejó en la vivienda a su mujer y a sus dos vástagos, pero inexplicablemente María del Refugio atacó al niño, al que roció con insecticida y luego lo apuñaló en varias ocasiones con un arma blanca, una de ellas en el corazón.
En esos momentos, al domicilio llegó el tío paterno de los niños, Raúl Illescas, de 48 años, que escuchó un golpe y al entrar encontró a su sobrino tirado en el piso en el área del comedor inconsciente y ensangrentado, por lo que lo cargó y lo sacó del inmueble para en seguida abordar un taxi y llevarlo a la Clínica 8 del Seguro Social para que fuera atendido, aunque finalmente falleció por las puñaladas que le propinó su madre.
Al ser enterado de lo anterior, Raúl regresó al domicilio para preguntarle a su cuñada María del Refugio qué había sucedido, pero ya no la encontró debido a que se dio a la fuga tras la agresión a su hijo.
La Fiscalía General del Estado fue enterada de lo ocurrido y a la clínica acudieron elementos de la Dirección General de Investigación Pericial, que levantaron el cadáver del menor y lo trasladaron al Servicio Médico Forense.
Al revisarlo, confirmaron que presentaba varias heridas punzocortantes y que su cuerpo y sus prendas de vestir estaban impregnados de insecticida.
Además, le apreciaron huellas antiguas de maltrato en los muslos, determinando que anteriormente había sido golpeado.
También pudieron determinar que el menor tenía antecedentes de autismo.
Una vez confirmado el deceso del niño, agentes del Grupo Homicidios de la Policía Ministerial iniciaron las investigaciones correspondientes y entrevistaron al tío, que les indicó que lo había encontrado inconsciente y ensangrentado en su casa.
Los elementos se presentaron en el domicilio, donde ya se encontraba Alberto junto con su bebé, pero no localizaron a María del Refugio, por lo que organizaron un operativo para tratar de ubicarla.
Tanto Alberto como su hermano fueron llevados a la Fiscalía General del Estado para rendir declaración sobre lo sucedido, mientras los médicos legistas le practicaban la necropsia de ley al menor de edad, que reveló que murió de una hemorragia interna y externa por herida punzocortante penetrante de tórax con laceración cardíaca.
Los agentes ministeriales realizaron la búsqueda de la mujer y al día siguiente, sábado 27 por la tarde, finalmente lograron ubicarla y capturarla en las inmediaciones de Expoplaza, en el perímetro de la Feria Nacional de San Marcos.
Dos días después, el lunes 29 de abril, a la fémina se le cumplimentó una orden de aprehensión por el delito de homicidio doloso calificado y fue presentada ante el juez de Control, que el jueves 2 de mayo le dictó el auto de vinculación a proceso y la prisión preventiva por el delito de homicidio doloso calificado con ventaja, traición, por ser la víctima menor de 15 años, por tener parentesco consanguíneo en línea recta descendiente con la víctima y por estar la víctima sujeta a la patria potestad o custodia de la probable interventora.
Además, le fijó tres meses para el cierre de la investigación complementaria y poder sentenciarla.
Sin embargo, la defensa de María del Refugio informó al juez que padecía de sus facultades mentales, por lo que se le practicaron varios estudios que confirmaron que presentaba un retraso mental de leve a moderado.
Ante esto, el miércoles 31 de julio se celebró otra audiencia, en la que al conocer los resultados de los estudios, el juez declaró a María del Refugio como inimputable, por lo que comenzó a ser juzgada como enferma mental.
Finalmente, en otra audiencia llevada a cabo en el Juzgado de Control y Juicio Oral Penal del Primer Partido Judicial, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó el fallo condenatorio en contra de María del Refugio por el delito de homicidio doloso, aunque falta por conocer la sanción que se le impondrá.