Legisladores locales endurecieron las penas contra delincuentes sexuales, específicamente que los delitos contra menores de edad no prescriban y se dé justo castigo a quienes cometan esos incalificables actos contra los menores.
Debido al alarmante incremento de estos delitos durante la pandemia y al alto grado de impunidad de los abusadores, los integrantes del Congreso decidieron trabajar en esta iniciativa.
De este modo y con la firme intención de proteger el interés superior de la niñez y su integridad física y psicológica, la Comisión de Justicia que preside el diputado Adán Valdivia avaló ayer el dictamen que reforma los artículos 87 y 88 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, a fin de establecer que los delitos sexuales en contra de menores de edad sean imprescriptibles.
De acuerdo con la iniciativa hecha por el el legislador Valdivia, se estipula que el hecho no caducará cuando encuadre en los tipos penales de pornografía infantil o de incapaces, violación o violación equiparada.
Al culpable del delito de violación equiparada se le aplican entre 12 y 18 años de cárcel, más el pago total de la reparación del daño.
En este sentido, el promotor de la reforma penal, Adán Valdivia, subrayó que esta iniciativa surgió de la alarmante cifra de casos de abuso sexual infantil que se registró en la Entidad durante el período de confinamiento a causa de la pandemia y a la facilidad con que los culpables de estos ilícitos podían huir de la ciudad o del país, esperando que el hecho prescriba. Por ello, urgió a proteger un núcleo social tan importante como es la familia.
La diputada Nancy Gutiérrez, vocal de la Comisión de Justicia, añadió que de acuerdo con cifras oficiales, “en Aguascalientes el 80 por ciento de este tipo de hechos se dan en los hogares”, por lo que celebró que este tipo de iniciativas vayan hacia adelante y salvaguardar así la integridad de las y los menores de edad.
Por su parte, el legislador Juan Pablo Diosdado manifestó su beneplácito por esta reforma que toma en cuenta el interés superior de la niñez y el de Tratados Internacionales, tras revelar que en la legislación actual este delito prescribe en un plazo no mayor a tres años, por lo que coincidió con la modificación.
El representante popular Cuauhtémoc Escobedo avaló la iniciativa al tiempo que enfatizó que este tipo de reformas penales, y más tratándose de la niñez, deben ir siempre adelante, aun y cuando las estadísticas o el número de casos fueran bajos, pues es “nuestro deber constitucional y ético velar por los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
A su vez, el diputado Max Ramírez se pronunció por la afirmativa a este dictamen.
También avalaron por unanimidad el documento que resuelve la iniciativa de reforma al artículo 193 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, que propuso la diputada Jetsy Sánchez, encaminada a elevar la pena de 4 a 8 años de prisión a quienes cometan el delito de atentado contra la salud pública.
En la exposición de motivos se argumenta que este castigo debe estar en concordancia con el que establece la Ley Federal de Sanidad Animal, al castigar los incumplimientos sanitarios en la disposición y distribución de alimentos de consumo humano.
Matilde Arteaga