Aguascalientes.- Argumentando “causa de utilidad pública”, el Gobierno del Estado pagará al notario Arturo G. Orenday González y/o Arturo Guadalupe Orenday González, poco más de 44 millones 418 mil pesos por la expropiación de un terreno de su propiedad para la construcción de la estación terminal poniente del Sistema Integrado de Transporte Público Multimodal.
Así fue publicado ayer lunes 30 de septiembre del 2019 en el Periódico Oficial del Estado, en donde se detalla que en términos del Artículo 19 de la Ley de Expropiación para el Estado de Aguascalientes, el suscrito titular del Poder Ejecutivo a través de la Secretaría General de Gobierno, recibió a trámite la solicitud y documentos necesarios como datos y características de un bien raíz, formulada por la Coordinación General de Movilidad del Gobierno del Estado a través del encargado de despacho de dicha oficina para expropiar un inmueble que se encuentra sobre la carretera Aguascalientes–Calvillo del municipio de Aguascalientes, y se subraya que “esta terminal es de suma importancia por el crecimiento urbano programado en toda esa zona”.
Asimismo se precisa que se determinó en el resolutivo segundo de fecha 18 de septiembre del año en curso, dictada dentro del procedimiento administrativo de expropiación bajo el número de expediente SEGGOB/03/2019 de la Secretaría General de Gobierno, que el importe de la indemnización es la cantidad de 44 millones 418 mil 88 pesos; y deberá hacer el pago al propietario del bien expropiado, una vez que se formalice en Escritura Pública ante el Notario Público Número 8 de los del Estado, licenciado Juan José León Rubio, la transmisión de la propiedad con motivo de la expropiación y mediante transferencia electrónica al notario Orenday González.
Conforme al pago se precisa que se realizará con cargo al presupuesto asignado al beneficiario de la expropiación, Coordinación General de Movilidad del Gobierno del Estado, mediante transferencia de recursos que realice a favor de la Secretaría General de Gobierno para posteriormente hacer lo propio con el ciudadano.
Finalmente en lo que se refiere al tiempo máximo en el que se deberá destinar el bien expropiado a la causa de utilidad pública, se detalla que una vez que se tenga la posesión el inmueble “se deberá destinar de inmediato al cumplimiento de los objetivos del proyecto que es la construcción de la obra pública 'CONSTRUCCIÓN DE OBRA TERMINAL PONIENTE DE TRANSPORTE MULTIMODAL (SITMA)', a más tardar al año dos mil veintidós y una vez que se protocolice ante Notario Público la transmisión de la propiedad por expropiación’.