Podría quedar clausurada la Torre Médica de MAC, si la Procuraduría Federal del Consumidor recibe la denuncia por mal servicio de la institución al ser negligente con una paciente luego de aplicarle quimioterapias falsas, dijo el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Salvador Farías Higareda. Esto luego de que una persona con padecimiento de cáncer de mama acudió a 34 sesiones para ser atendida de su enfermedad a esa torre médica. “La PROFECO es quien pone sellos de clausura a cualquier establecimiento de servicios si no cumple con la demanda de los usuarios y clientes. Pero si la mujer interpuso una demanda penal ante la Fiscalía General de la República en contra de alguien como responsable de la aplicación del tratamiento para el cáncer, sí se procede en exclusiva contra esa persona mencionada en la demanda”.
Sin embargo, la clausura se impondrá como sanción a aquellos proveedores que violen disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que su infracción encuadre en uno o más de los supuestos contenidos en el artículo 128 de la ley, en el que se describen los casos particularmente graves. La Ley Federal de Protección al Consumidor otorga a la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de sus artículos 24, fracciones I, II, XIX y XXII y del 125 al 134 la facultad para imponer sanciones, incluida la clausura. Para ello el afectado deberá presentar su queja a la dependencia federal y poder obtener una respuesta. Pero al estar la demanda penal en la Fiscalía General de la República, habría cierta relación entre las dos dependencias federales para tomar cartas en el asunto y se proceda a la clausura para evitar existan más casos como ese.