El Instituto Estatal Electoral reconsideró la decisión de los consejos municipales y en Sesión Extraordinaria dejó en las listas a los candidatos de MORENA y Partido Verde que fueron descartados por no reunir requisitos para su registro en diversos consejos municipales del Estado, pero las que se señalan como prevenciones, son las personas que ya habían iniciado proceso de registro.
De este modo, el PVEM sólo tenía registradas 3 planillas (Aguascalientes, Calvillo y Pabellón) y se suma la de antenoche de El Llano, en tanto que de MORENA hay 6 planillas registradas, y en prevención, las otras 5 que les fueron negadas.
De esta manera, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) resolvió diversos recursos de inconformidad presentados por partidos políticos contra las resoluciones de Consejos Municipales Electorales sobre el registro de candidaturas en planillas de Ayuntamientos, al asumir la competencia que se estipula en el artículo 330 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.
En el caso del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), se atendieron los recursos interpuestos por el partido y la C. Aída Karina Banda Iglesias, en contra de las resoluciones de los Consejos Municipales de El Llano, Rincón de Romos, Cosío, Jesús María, Tepezalá, San José de Gracia, San Francisco de los Romo y Aguascalientes. De esta forma, se determinó lo siguiente:
El Llano: Se otorga el registro de las candidaturas a la Presidencia Municipal, Osvaldo Torres Padilla (candidato propietario) / Adolfo Ángel Padilla Díaz (suplente).
Jesús María: Se ordena la revocación de la resolución del Consejo Municipal y se emite prevención para que se agote la garantía de audiencia a la totalidad de la planilla y, posteriormente, el Consejo General determine su procedencia.
San Francisco de los Romo: Se ordena la revocación de la resolución del Consejo Municipal y se emite prevención para que se agote la garantía de audiencia a la totalidad de la planilla y, posteriormente, el Consejo General determine su procedencia.
Aguascalientes: Se confirma la improcedencia del registro de las candidaturas a la Regiduría 2, al tiempo de otorgar el registro a las candidaturas a las Regidurías 1, 3, 4 y 7.
Cosío: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
Rincón de Romos: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
Tepezalá: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
San José de Gracia: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
El partido político dispondrá de un plazo de 48 horas, contadas a partir de la notificación, para subsanar las prevenciones en los casos señalados, para su posterior análisis y procedencia por parte del Consejo General.
SOBRESEIMIENTO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD DE MORENA
De igual manera, se determinó el sobreseimiento del recurso de inconformidad del partido político MORENA contra las resoluciones de los Consejos Municipales de Jesús María, El Llano, Asientos y Tepezalá, debido a que el pasado 5 de abril del año en curso, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SM-JDC-134/2024 y acumulados, en el que se revocaron las resoluciones de dichos Consejos Municipales, por lo que, una vez atendida la garantía de audiencia de las personas que integran las planillas, se determine la procedencia o improcedencia de sus registros.