Este lunes 1 de abril inicia el periodo de declaración de impuestos para personas físicas del ejercicio correspondiente a 2023.
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición un simulador en su portal.
Pero sólo lo podrás usar hasta el 31 de marzo de 2024, en el que podrás ver las actualizaciones que se le hicieron a esta la herramienta que sirve para validar la información que está prellenada para la declaración anual, y si estás de acuerdo con los datos puedes enviarla y pagar, si es que cuentas con una banca móvil.
En abril les corresponde a las personas físicas declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) de los ingresos obtenidos durante el ejercicio 2023, de acuerdo con su régimen fiscal.
La declaración anual, contiene información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recomienda no esperarse hasta el final.
En caso de tener dudas respecto de la información precargada en la declaración o bien, sobre otros temas de carácter fiscal, puedes acercarte a la Prodecon.
Todos sus servicios son gratuitos como los de asesoría remota a través del correo electrónico: atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx
También vía telefónica llamando al 55 12059000 en la Ciudad de México, y en el 800 6110190 Lada sin costo en el interior del país.
Si estás de viaje en el extranjero puedes comunicarte al (+52) 55 12059000, o a través del Chat en línea ingresando en: https://www.prodecon.gob.mx/home-prodecon/chat/
Otra alternativa es una asesoría personalizada; sólo necesitas solicitar una cita en: https://citas.prodecon.gob.mx/
Prodecon cuenta con delegaciones en toda la República, cuyas ubicaciones las podrás consultar en:
ttps://www.prodecon.gob.mx/homeprodecon/delegaciones/
¿Quiénes la presentan?
En México, abril es el mes para que los contribuyentes personas físicas rindan cuentas ante el fisco. Por ejemplo, quienes obtienen sus ingresos por sueldos, salarios y asimilados. También los asalariados que ganaron más de 400 mil pesos al año.
Pero si trabajaste para dos patrones, debes hacer la declaración, aunque no hayas rebasado esa cantidad anual; también si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre.
Asimismo, quienes tienen actividad empresarial y por servicios por profesionales o por honorarios tienen que declarar ante el SAT.
De igual manera las personas que obtuvieron ingresos por arrendamiento, venta o adquisición de bienes, por intereses, dividendos y premios.
Hay que recordar que declarar en tiempo forma evita contratiempos por la saturación del sistema en los últimos días, horas y minutos de la fecha límite.
Permite hacer correcciones si es necesario por algún detalle o error, sin que haya sanciones de por medio.
Para los contribuyentes que resulten con un saldo a favor, podrán solicitar su devolución automática si no excede de 150 mil pesos.