Con las recientes reformas al Código Penal, ahora se pueden practicar en el Estado dos tipos de aborto, siendo estos la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), permitido en caso del embarazo por violación, y la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), hasta las 12 semanas de gestación.
Datos oficiales solicitados por HIDROCÁLIDO indican que en el año que recién concluyó fueron practicados nada más en el Hospital de la Mujer casi 600 abortos por embarazos que fueron producto de violación a mujeres de todas las edades, incluyendo menores de edad (12 a 15 años), adolescentes hasta los 19 años y adultas mayores de 20 años.
Sobre el particular, el director del Hospital de la Mujer, Jaime Reyna Cruz, explicó que: “el punto está que tenemos dos tipos de interrupción: la IVE que es la Interrupción Voluntaria del Embarazo, validado en el caso de los embarazos por violación a las mujeres, y la otra es la ILE, que es la interrupción legal del Embarazo, que resultan ser dos cosas distintas.
Por ejemplo, la IVE se le aplica a las personas o a las mujeres que son víctimas de violación; en este caso la ley contempla que solicitándolo se debe practicar sin límite del período de gestación o del embarazo”.
El aborto entendido como la Interrupción Legal del Embarazo ya se permite en aquellos casos en donde el embarazo no tenga un avance mayor a las 12 semanas, esto luego de que los diputados avalaron el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Entonces, precisó el doctor Reyna Cruz, “la ILE es la Interrupción Legal del Embarazo, de manera que si una mujer dice ‘yo no quiero estar embarazada’, sea porque le afecta en su proyecto de vida, por el trabajo o por lo que se quiera y mande, entonces es nada más hasta la doceava semana y ya después de la doceava semana sigue teniendo una responsabilidad legal si se practica un aborto y quien lo practique también incurre en responsabilidad legal”.
ABORTOS POR VIOLACIÓN
Conforme a la información oficial solicitada sobre el particular, se tiene que los abortos por violación resultan ser si no una práctica común, sí un asunto que tiene alta incidencia en el Hospital de la Mujer, pues tan sólo el año pasado se realizaron 597 procedimientos de ese tipo, la gran mayoría de los mismos de tipo terapéutico y con seguimiento médico para evitar riesgos en la salud de las mujeres que fueron víctimas de ataques sexuales.
Sólo en este tipo de casos (violación) y por otros que están debidamente legalizados y regulados (por estar en riesgo la vida de la embarazada o porque el producto presenta alguna malformación delicada), el aborto voluntario está permitido, sin haber límite en cuanto al tiempo del proceso de gestación.