La sentencia de primera instancia que dio un Juzgado de Control de Juicio Oral Penal del Poder Judicial del Estado, que declaró condenatoria a dos años de prisión al ex-titular del IEA, Francisco Chávez Rangel, por ejercicio indebido del servicio público, no será definitiva, ya que el ex-funcionario tendría quince días para presentar una apelación ante la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia para que se analicen los hechos que manifieste Chávez para determinar una resolución en razón de tres distintos sentidos: que se modifique, se confirme o se revoque la sentencia.
Después de la apelación, todavía Francisco Chávez tendría derecho al amparo ante el Juzgado de Distrito, este juzgado revisaría las cuestiones de procedimiento para analizar si existieron o no violaciones en el proceso legal.
Es de recordar que entre el mes de agosto del 2014 y el 2015, Chávez llevó a cabo la contratación de servicios profesionales, cuando no cumplirían los términos de los contratos celebrados, motivo por el cual se acreditaron los datos de prueba y elementos, establecido en el artículo 169 fracción V del Código Penal del Estado.
El artículo 169 fracción V, establece en la individualización de penas de dos años de prisión, el pago de 50 días de multa, un año de inhabilitación y la reparación de daño causado por 7 millones 420 mil pesos, este último artículo aplicaría incluso si Francisco Chávez interpone el recurso de apelación y si las cosas le salen en contra al ex-funcionario, quedaría entonces firme la sentencia.
A pesar de contar con una dirección jurídica con 16 abogados, el ex-director del IEA, Francisco Chávez Rangel, pagó más de 7 millones de pesos al abogado Juan Collado, actualmente encarcelado por operaciones con recursos de procedencia ilícita.