CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 28 (EL UNIVERSAL).-
El diputado Braulio López Ochoa Mijares (MC) planteó reformar el artículo 6º de la Constitución Política, para establecer que no podrá clasificarse como reservada la información relacionada con el procedimiento de evaluación del impacto ambiental y sus resultados, ni la información de impacto o afectaciones al medio ambiente generada por la implementación y desarrollo de políticas públicas.
Cobra relevancia, toda vez que en el año 2020, el gobierno federal reservó los estudios de impacto ambiental del Tren Maya.
De acuerdo con el legislador, la propuesta, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen, «busca dar un paso adelante en la defensa de los principios de acceso a la información, transparencia y del medio ambiente, al crear una disposición que atiende los retos y riesgos socioambientales que determina el contexto internacional y nacional».
Agregó que lo que se busca, es contar con información sobre las decisiones que afectan nuestras vidas y entornos, «así como acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados».
«Con la iniciativa, que preserva y fortalece nuestro régimen democrático, se protege al medio ambiente y salvaguarda los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras», declaró.
En su exposición de motivos, Ochoa Mijares puntualizó que en los últimos años México se ha convertido en el país más peligroso para defender el medio ambiente y el territorio, así como un entorno de incertidumbre sobre las actividades económicas de distintos sectores y su relación con el uso de los bienes naturales y las afectaciones en la conservación de la naturaleza, sus especies y ecosistemas.
«La situación actual en México sobre los conflictos socioambientales, sus afectaciones sobre los derechos humanos y la falta de acceso a la información ambiental es grave, misma condición que afecta a todas las personas debido al deterioro ambiental», denunció.
Relató que, la Ley General de Equilibrio Ecológico establece instrumentos para la dictaminación de los impactos ambientales; «en ese sentido, las manifestaciones son fundamentales para dar un entendimiento de las posibles afectaciones socioambientales, por lo que al no contar con esos datos se vulneran los principios de transparencia y acceso a la información, pero también los procedimientos de acceso a la justicia».
El legislador explicó que el acceso a la información ambiental requiere que los gobiernos recopilen, analicen y divulguen la información de manera proactiva con carácter de ser accesible y de utilidad.
«Por ello, le compete al Estado dar explicaciones sobre la reserva de la información y poner a prueba el interés individual y colectivo de los titulares de derechos y afectados por la no garantía, protección, promoción y respeto por los derechos humanos a un medio ambiente sano, al agua y al acceso a la información», indicó.